Fecha: 05/11/2010
Fuente: www.lmcordoba.com.ar
A partir del próximo seis de noviembre comenzarán a regir los alcances de la Ordenanza Nº 2035 que estableció la prohibición expresa a todos los comercios de Villa Dolores de entregar bolsas que no reúnan características biodegradables, oxibiodegradables o hidrodegradables para el transporte de la mercadería de sus clientes. La norma no permite además la utilización por parte de comercios, industrias, empresas de servicios y organismos públicos y privados de sobres y envoltorios de correspondencia y encomiendas con materiales que no sean biodegradables, cuyos destinatarios tengan domicilio dentro del ejido municipal.
Los establecimientos citados deberán implementar las medidas necesarias para adaptar su funcionamiento a lo dispuesto en la presente legislación de la ciudad de Villa Dolores.
La confección e impresión de inscripciones en bolsas de cualquier tipo deberán emplear sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes. Los infractores recibirán fuertes multas por violar a partir del lunes próximo la presente normativa.